![CAR02. CARACAS (VENEZUELA), 02/11/2017.- Fotografía de billetes venezolanos hoy, jueves 2 de noviembre de 2017, en Caracas (Venezuela). Venezuela registró este mes de octubre una inflación del 50,6 %, respecto del mes anterior, entrando técnicamente en hiperinflación al rebasar por primera vez en su historia el umbral del 50 % que define este último concepto. EFE/Miguel Gutiérrez](https://jvlaq.gigbitz.com/wp-content/uploads/2017/11/636452511771881233.jpg?resize=640%2C427)
En Gaceta Oficial N° 41.282 de fecha lunes 20 de noviembre de 2017, fue publicado el Decreto N° 3.169 de la Presidencia de la República, mediante el cual se prorroga hasta el 20 de enero del año 2018, sólo en el Territorio Venezolano, la circulación y vigencia de los billetes de Cien Bolívares (Bs. 100) emitidos por el Banco Central de Venezuela, reseña Finanzas Digital.
DECRETO N° 27 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE PRORROGA HASTA EL 20 DE ENERO DEL AÑO 2018, SÓLO EN EL TERRITORIO VENEZOLANO, LA CIRCULACIÓN Y VIGENCIA DE LOS BILLETES DE CIEN BOLÍVARES (Bs. 100) EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA.
(SERÁN DE CURSO LEGAL)
Artículo 1°. Se prorroga hasta el 20 de enero del año 2018, sólo en el Territorio Venezolano, la circulación y vigencia de los billetes de Cien Bolívares (Bs. 100) emitidos por el Banco Central de Venezuela. (Serán de curso legal).
Artículo 2°. El Ejecutivo Nacional, coordinará con el Banco Central de Venezuela, todas las acciones necesarias para la aplicación y el cumplimiento del presente Decreto con la finalidad de Defender y Velar por la estabilidad económica y monetaria del País, como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.
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