Código de vestimenta impuesto por Saime es un “burka criollo” discriminatorio y violador de DDHH

Código de vestimenta impuesto por Saime es un “burka criollo” discriminatorio y violador de DDHH

Photo: Valeria Pedicini – El Estímulo

 

 

La organización no gubernamental (ONG) Acceso a la Justicia, denunció que el nuevo código de vestimenta impuesto por el Saime para tramitar documentos de identidad en sus sedes, es “discriminatorio”.

lapatilla.com

Así fue anunciado mediante un comunicado en su portal oficial, donde el organismo asegura que la medida no tiene base constitucional ni legal alguna: “se impone a los ciudadanos un “código de vestimenta” que es esencialmente discriminatorio y, por tanto, violatorio de los derechos humanos“.

Acceso a la Justicia denuncia que la mayoría de estas prohibiciones son claramente contra las mujeres, y en nada se diferencian de las establecidos en aquellos países donde estas son ciudadanas de segunda categoría, en la medida en que se imponen para que las mujeres no «estimulen» o peor aún, «provoquen a los funcionarios, una concepción de la mujer como incitadora y que debe contenerse. Por eso, consideramos que estas exigencias configuran una especie de «burka criollo» al negarles a las mujeres la libre expresión de su identidad“.

A partir de estos prejuicios, queda entonces en manos del funcionario determinar cuándo una falda es muy corta, si existe o no un escote o qué tan recatada es la vestimenta de una mujer, lo que otorga a los funcionarios del Saime una discrecionalidad para atender a una persona que, tristemente, siempre termina en arbitrariedad“, expresó la ONG.

Asimismo, agregó que “la discriminación no termina allí, pues también se prohíben los pantalones cortos o shorts, lo cual, sin que sepamos por qué, también acoge a los bermudas, pantalón particularmente cuestionado por funcionarios a lo largo y ancho de la administración pública venezolana, y que son simplemente la expresión de un país en el que en algunos lugares tener 40° de temperatura es algo habitual. Por tanto, se trata de una prenda práctica, no una moda“.

Además, enfatizó que la medida hace que también los hombres sean víctimas de este código carente de base constitucional y legal.

El Saime no se queda ahí: también agrega a su «código» las sandalias tipo playeras o similares, con lo cual, una vez más, niega nuestro carácter de país tropical y, sobre todo, la pobreza, pues para muchos venezolanos optar por un calzado diferente no es una opción. Se llega a tal nivel de discriminación que los indígenas, con su vestimenta habitual, no serían «dignos» de ser atendidos en estas oficinas públicas y que terminaría contrariando lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Identificación respecto a que «no se les obligará a fotografiarse con una vestimenta distinta a la que corresponde a sus usos, costumbres y tradiciones”, sumó.

Acceso a la Justicia expresó que esto último es lo más grave, “pues cuando son los ciudadanos los que deben hacerse lo suficiente «dignos» para ser atendidos, entendemos que el mito de los llamados «servidores públicos» no es más que eso, y la prestación de servicios por parte del Estado es un ejercicio discriminatorio y represivo“.

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